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Acuerdos puntuales

Así define el Diccionario de la Real Academia la palabra puntual:
Puntual: 1. Pronto, diligente, exacto en hacer las cosas a su tiempo y sin dilatarlas. 2. Indubitable, cierto. 3. Conforme, coveniente, adecuado. 4. Perteneciente o relativo al punto.

Como adverbio, puntual significa «a tiempo, a la hora prevista». Por ejemplo:

Tú siempre llegas puntual, y yo tarde».

Por tanto, no se puede hablar de acuerdos, ni de conversaciones, ni de decisiones puntuales, sino de acuerdos parciales o concretos.




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